“paga
primero, reclama después” NO tiene amparo legal
Ø El
organismo regulador advierte que mientras dure el proceso de reclamo no se
podrá exigir el pago del periodo cuestionado ni se podrá cortar el servicio.
Ø Si esto
ocurre denúncialo al Fono SUNASS teléfonos:
01-6143180/ 01- 6143181 o la línea gratuita para provincia 0800-00-121.
Silvia Cardó, jefa de la
Plataforma de Atención al Usuario de la SUNASS, sugiere a la ciudadanía hacer
valer sus derechos ante la empresa que le brinda el servicio de agua potable y
alcantarillado, a fin de resolver cualquier inquietud sobre la facturación
elevada y/o problemas operativos, como falta de agua o desborde de desagües,
por ejemplo.
Como se recuerda, el usuario de
agua potable tiene un plazo de 60 días calendario (contados desde la fecha de
vencimiento del recibo) para iniciar el reclamo ante SEDAPAL o cualquier EPS de
provincia.
Cardó recordó además que de
presentarse un consumo atípico en el recibo de agua potable (cuando supera en
más del 100% al promedio histórico de consumo del usuario y sea igual o mayor a
dos asignaciones de consumo), Sedapal o la EPS está en la obligación de hacer
una inspección en la vivienda antes de emitir la facturación correspondiente, previa
notificación de la fecha y hora en que harán esta inspección.
“Como usuario del servicio de
agua potable puede solicitar la revisión (contrastación) del medidor para
descartar su mal funcionamiento. Es recomendable agotar todas las pruebas en el
proceso de reclamo, a fin de detectar las causas del incremento en el recibo”,
explicó Cardó.
En ese sentido, Silvia Cardó,
jefa de la Plataforma de Atención al Usuario de la SUNASS, señaló que el
usuario está obligado a brindar todas las facilidades a la EPS para realizar la
inspección, que permitirá descartar cualquier anomalía en las conexiones
internas.
Cardó explicó que en el caso de
los consumos atípicos (cuando supera el 100% de la facturación histórica y el
doble de la asignación de consumo de la zona), si la EPS detecta fugas no
visibles dentro de la casa, se le dará al usuario un plazo de 15 días hábiles
para hacer las reparaciones que correspondan. Si hace la reparación en el plazo
previsto, la EPS no le cobrará el volumen consumido sino el promedio de los
seis últimos meses. En el caso de las fugas visibles, la EPS le facturará lo
consumido.
Agregó que si SEDAPAL o una EPS
de provincia declara infundado un reclamo puede presentar una apelación ante
dicha empresa, la que elevará el reclamo al Tribunal Administrativo de Solución
de Reclamos (TRASS) de la SUNASS, que finalmente resolverá en segunda y última
instancia.
SUNASS recomendó que ante todo
reclamo por facturación elevada, es recomendable se agoten todas las pruebas
que se requieran para esclarecer el caso.
Contacto
Cualquier duda sobre el servicio
del agua potable llame al Fono SUNASS 016143180 / 016143181 o la línea gratuita
para provincia 0800-00-121 en el horario de 8.30 a.m. a 5.00 p.m. de lunes a
viernes.
La función de SUNASS, el
regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las
empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda
instancia administrativa.
La función de SUNASS, el
regulador del agua potable, es normar, regular, supervisar y fiscalizar a las
empresas de saneamiento a nivel nacional, resolviendo los reclamos en segunda
instancia administrativa.
FUENTE: Laura Chahud
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