Este
martes 11 de agosto, vencio el plazo de renuncia de los ciudadanos inscritos en
un partido político para que puedan postular por otra organización política a la
Presidencia y a las Vicepresidencias de la República en las Elecciones
Generales 2016.
Esta
fecha fue establecida por Resolución 196-B-2015-JNE, que fue
publicada por el Jurado Nacional de Elecciones en su página web y difundida a
través del diario oficial El Peruano el pasado 1 de agosto.
El
secretario general del JNE Michell Samaniego Monzón recordó que el artículo 18
de la Ley de Partidos Políticos señala que “no podrán inscribirse como
candidatos en otros partidos políticos, movimientos u organizaciones políticas
locales, los afiliados a un partido político inscrito, a menos que hubiesen
renunciado con cinco meses de anticipación a la fecha del cierre de las
inscripciones que corresponda”.
El
funcionario aclaró que el adherente o
integrante de un movimiento regional no está obligado a presentar su renuncia
para participar como candidato por un partido político en las Elecciones
Generales del próximo año. “Los movimientos regionales no tienen alcance en el
ámbito nacional, por lo que no pueden participar en las elecciones
presidenciales y congresales”, precisó.
Dicha Resolución 196-B-2015-JNE expreso que el plazo
para renunciar al partido político y postular al Congreso de la República y
como representante al Parlamento Andino por otra agrupación culmina el 10 de
setiembre.
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