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martes, 2 de junio de 2015

PARO NACIONAL DE LOS PUEBLOS ESTE 22 Y 23 DE JUNIO DEL 2015



CRECE DESCONTENTO SOCIAL FRENTE A GOBIERNO SERVIL (LLULLA) Y MENTIROSO (LLUNK´A).

El lunes 1 de junio a partir de las 4 p.m. se realizará la primera coordinación ampliada de organizaciones y movimientos sociales a fin de preparar el Paro Nacional de los Pueblos previsto a realizarse los días 22 y 23 de junio de 2015. La cita es en el auditorio de la Confederación Nacional Agraria (CNA) situado en el Jr. Antonio Miró Quesada Nº327, Cercado de Lima.

La convocatoria circula desde el sábado 30 de mayo por las redes sociales y desde el portal de la CNA.

La convocatoria va acompañada de una amplia plataforma de reivindicaciones y demandas que reproducimos a continuación:

Paro Nacional de los Pueblos

A las organizaciones populares, movimientos sociales y colectivos ciudadanos del país a movilizarse y unirse a esta jornada de lucha en defensa de los derechos del pueblo peruano. Aquí nuestra plataforma:

Denunciamos:

1.     LOS NUEVOS INTENTOS DEL GOBIERNO DE CONTINUAR EL DESPOJO DE LAS TIERRAS Y TERRITORIOS de las comunidades y los pequeños productores agropecuarios, a través de normas (Ley 30230, proyecto de Ley 3941, proyecto de Ley 2462 y D.S. 001-2015-EM) que atentan contra la seguridad jurídica y el derecho a las tierras, territorios y recursos naturales de los pueblos en favor de la gran inversión.

2.    EL ABANDONO INTENCIONADO DEL ESTADO A LA PEQUEÑA AGRICULTURA FAMILIAR Y COMUNITARIA, que es la más importante fuente de ingresos directos, de empleo y de alimentos para el país. Mientras, se promociona, subsidia y apoya de forma exclusiva modelos agroexportadores que implican el acaparamiento de tierras, la explotación de recursos naturales, la privatización de la alimentación y la pérdida de soberanía alimentaria.

3.     LA PROFUNDIZACIÓN E IMPOSICIÓN DESDE EL ESTADO DE UN MODELO ECONÓMICO PRIMARIO EXPORTADOR IRRESPONSABLE E INSOSTENIBLE, que fomenta el saqueo de nuestros recursos, que promueve un crecimiento injusto y desigual, que atenta contra los derechos de los pueblos, y que agudiza el cambio climático, justificándolo con la excusa de generar más inversiones y crecimiento.

4.     La intención del Estado de DESCONOCER E IMPEDIR A LOS PUEBLOS ORIGINARIOS EL EJERCICIO DE LA JUSTICIA COMUNITARIA y otros derechos colectivos constitucionales.

5.     LA NADA TRANSPARENTE Y ANTIDEMOCRÁTICA FORMA DE HACER POLÍTICA POR PARTE DEL GOBIERNO, LEGISLANDO SIN LA PARTICIPACIÓN Y CONSULTA SOBRE CUESTIONES QUE AFECTAN A LOS DERECHOS DE LOS PUEBLOS, imponiendo políticas que son inducidas por grandes lobbies que responden a los grandes intereses económicos privados y no a los intereses y derechos de la mayoría de los peruanos y peruanas.

6.     LA POLÍTICA SISTEMÁTICA DE CRIMINALIZACIÓN DE LA PROTESTA SOCIAL por parte del Estado contra la población que denuncia la vulneración de sus derechos, así como las medidas de represión brutal y persecución contra los pobladores y comunidades que los defienden. Asimismo, la difamación y desacreditación premeditada por parte del Gobierno para incriminar a los manifestantes, usando premeditadamente a las fuerzas armadas y sus medios de comunicación cómplices, todo por la defensa de intereses privados de terceros.

7.     LA MILITARIZACIÓN DE ZONAS RURALES POR PARTE DE FUERZAS ARMADAS DE EEUU EN TERRITORIO NACIONAL, afectando la soberanía nacional, delegando funciones de Estado y afectando el libre ejercicio de derechos de los pobladores, sometiéndose al interés de potencias extranjeras por el control de los recursos naturales de nuestro país bajo el pretexto de la lucha contra el narcotráfico y la subversión.

Demandamos:

1.     Respeto y garantía de seguridad jurídica de los derechos de los pueblos sobre sus territorios, tierras y recursos naturales.

Derogatoria inmediata de la Ley 30230, “Ley que establece medidas tributarias, simplificación de procedimientos y permisos para la promoción y dinamización de la inversión en el país”.

Derogatoria del D.S. 001-2015-EM, “Que aprueba disposiciones para procedimientos mineros que impulsen proyectos de inversión”.

Archivamiento del proyecto de Ley 3941, “Ley de Promoción de las inversiones para el crecimiento económico y desarrollo sostenible en las zonas de mayor inclusión”.

Archivamiento del proyecto de Ley 2462/2012-CR, “Que modifica el artículo 11 de la Ley 26505 (Ley de Tierras)” y pretende reducir el quórum necesario para la disposición de las tierras de las comunidades campesinas.

Saneamiento y titulación colectiva y definitiva de todos los territorios de las comunidades campesinas y nativas con carácter de urgencia.

Titulación de las tierras de pequeños productores y agricultores con carácter de urgencia.
No más concesiones en territorios indígenas y de comunidades sin información y consulta previa.
Acceso real en un porcentaje asegurado de los pequeños productores y agricultores a las tierras eriaceas que se conviertan en productivas por medio de grandes programas de irrigación del Estado con fondos públicos.

2.     Declarar de interés prioritario y política de Estado a la pequeña agricultura familiar y comunitaria por su importancia social y económica como medio de vida digno para millones de peruanos y peruanas y su contribución a la soberanía alimentaria del país, al desarrollo rural de los territorios y a mantener las formas de vida de las comunidades campesinas y nativas, siendo necesaria su promoción integral con políticas y recursos que la fortalezcan.

Política de Estado específica sobre promoción de la pequeña agricultura familiar y declaración de su interés nacional por su importancia para la soberanía alimentaria del País, cumpliendo lo señalado en el artículo 88 de la Constitución.

Aprobación de la ley de seguridad alimentaria, con soberanía alimentaria.

Aprobación de la ley de agricultura familiar.

Derogación inmediata del D.S. 103-2015-EF “que establece el Sistema de Franja de Precios aplicable a la importación de diversos productos agropecuarios” y que elimina las defensas arancelarias a la importación y lleva a la ruina a todos los productores de maíz, caña, leche y algodón. Y hacer efectivo el artículo 69 de la Constitución para proteger a los agricultores nacionales, que hace referencia a políticas responsables que protejan la soberanía alimentaria nacional.

Que el MEF otorgue viabilidad a los proyectos integrales de mejora agraria sin más bloqueos ni trabas burocráticas. Basta ya de que los gobiernos regionales y locales y el propio ministerio no ejecuten el 30 % de su presupuesto; este es un problema de tramitología que el Estado debe resolver urgentemente.

No al uso político de las decisiones del MEF.

Derogatoria de la Ley 30230 y destino de los 20.000 millones de soles de exoneración tributaria, equivalente al presupuesto del MINAGRI para varios años, a la promoción de la pequeña agricultura.

3.     Respeto y apoyo del Estado a los modelos alternativos de desarrollo económico sostenible, responsables y de libre elección de los pueblos que se practican en el país, y a los derechos colectivos que amparan a estos pueblos y la necesidad de que el Estado los promocione de manera diversificada, equitativa y justa y que cumpla con sus obligaciones para garantizarlos.

Fortalecimiento y promoción de la institucionalidad indígena y de las comunidades campesinas y nativas para garantizar el respeto de sus derechos económicos dentro de sus prioridades y planificaciones de desarrollo decididas en base a sus derechos colectivos.

Respeto al artículo 88 de la Constitución y promoción del desarrollo integral agropecuario.

Implementación urgente de normas y políticas para la gestión del territorio, fortaleciendo el ordenamiento territorial y la zonificación ecológica y económica a nivel nacional.

4.     Respeto, garantías y protección por parte del Estado el derecho de los pueblos la aplicación de la justicia comunitaria y demás derechos colectivos reconocidos en nuestra Constitución y en el Convenio 169 de la OIT.

5.     Voluntad política para garantizar la participación y consulta por parte del Estado a los pueblos a la hora de legislar sobre materias que afecten a sus derechos y respeto a la voluntad popular; dejando de imponer políticas y cumpliendo sus obligaciones constitucionales para garantizar los derechos colectivos de los pueblos conforme al Convenio 169 de la OIT.

Aprobación participativa y consultada de una Ley sobre ordenamiento territorial.

Aprobación de la Ley de protección de cabeceras de cuenca.

Implementar los espacios de concertación agrarios nacionales y regionales.
Norrmar, promover y aplicar la legislación y procesos que implementar las políticas de Estado del acuerdo nacional.

No a la ampliación del Lote 88 por insistencia del gobierno a pesar de tratarse de un área superpuesta a la Reserva Territorial Kugapakori, Nahua, Nanti en la zona de amortiguamiento o de protección del Parque Nacional del Manu y de existir de un pedido expreso de las Naciones Unidas para que suspenda dichas actividades que pueden amenazar la supervivencia física y cultural de los indígenas de la reserva.

Implementación de los procedimientos de adecuación del Estado para el desarrollo y cumplimiento de derechos de los pueblos indígenas, establecidos en el Convenio 169 de la OIT y así el Estado cumpla con sus obligaciones establecidas.

Ejercicio pleno, completo y en todos los casos que demande la consulta previa.

Revisión de los contratos de estabilidad tributaria a las mineras que les permite beneficiarse de la exoneración del pago de regalías y del impuesto a la renta, si reinvierten sus utilidades.

Revisión del procedimiento de gestión de la Ley 29230, de obras por impuestos. Impuestos deben entrar directamente a complementar y reforzar los presupuestos participativos.

Que deje de legislar contra nuestros derechos, de forma poco transparente y democrática, y se establezcan mecanismos institucionalizados permanentes de participación, consulta y respeto de la voluntad de los pueblos.

6.     Cese de las prácticas de criminalización de la protesta y de prácticas arbitrarias de represión, persecución y falsa acusación y manipulación con el uso de las fuerzas armadas para la justificación por la fuerza de medidas y decisiones antidemocráticas y que responden a intereses de las grandes inversiones.
Derogación de la Ley 30151 “Ley que modifica el inciso 11 del artículo 20 del código penal, referido al uso de armas u otro medio de defensa por personal de las fuerzas armadas y de la policía nacional del Peru”.

Derogación del Decreto Legislativo 1095 “que establece reglas de empleo y uso de la fuerza por parte de las fuerzas armadas en el territorio nacional”.

Derogación de las normas que avalan convenios perversos que permiten a la policía defender los intereses de sector privado, poniendo un servicio público al servicio de intereses particulares.

Cese y condena de las campañas de difamación y actos de descalificación premeditada contra pobladores, productores y comuneros por parte de medios de comunicación y medidas legales contra medios difamadores e injuriosos.

7.     Retiro de las tropas de EEUU de nuestro territorio nacional y, que el Estado que mantenga y proteja nuestra soberanía nacional sin delegar funciones que le pertenecen en manos de otras naciones.

Respeto al derecho constitucional a la autodeterminación y la autonomía de los pueblos indígenas y comunidades campesinas y nativas que gozan de acuerdo al Convenio 169 de la OIT.

RECHAZO A TODA PRESENCIA MILITAR EXTRANJERA EN TERRITORIOS DE COMUNIDADES.
GOBIERNO NO SEAS MENTIROSO, NO SEAS SERVIL

GOBIERNO AMA LLULA, AMA LLUNK´A

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