http://perseo.vivienda.gob.pe/Comentarios/Resolucion/RM_125_2016.aspx
En
estos días está por aprobarse el Reglamento de Acondicionamiento Territorial y
Desarrollo Urbano Sostenible. Aun se puede enviar comentarios al reglamento que
está pre-publicado
El
reglamento combina aspectos que parecen apuntar a una profundización neoliberal
con otros que buscan crear ciudades más justas e inclusivas. Algunos aspectos
combinan ambas características.
Me
han llamado la atención tres puntos del reglamento.
1.
Primero, el que muestro en la imagen. Lo que
aparece ahí no es del todo nuevo. Los planes específicos, dedicados a las áreas
zonificadas como "reglamentación especial" (ZRE), hace por lo menos
un par de décadas que en algunos casos tienen como objetivo generar rentas. Pero
nunca un reglamento lo había puesto tan explícitamente. En el reglamento
anterior (2011), se incluía zonas que podían requerir tratamiento especial para
"generar los estímulos a los propietarios e inversionistas para facilitar
los procesos de desarrollo urbanístico." Esto ponía en papel lo que ya se
hacía: zonificar áreas como ZRE para extraer rentas privadas del suelo urbano.
1.
No me queda claro si este punto del
reglamento busca simplemente hacer explícito ("rentas") lo que antes
se decía con eufemismos. Pero en todo caso confirma algo: el reglamento
legitima el uso del estado para que actores privados capturen rentas.
2.
Según el reglamento, además, los planes
específicos son ejecutados por "unidades de gestión urbanística," en
las que participa el inversionista, el propietario, y el municipio distrital,
que actuarán "tratando de asegurar la preservación del interés
público." Una frase algo tímida para un reglamento (¿por qué no
"asegurando la preservación del interés público"?). En todo caso, el
interés público (o la armonía entre derecho de propiedad e interés público,
como establece el art. 1 del reglamento) parece difícil de cumplir en los
planes específicos, en los que el sector privado con fines de lucro tendrá
tanta importancia. Incluir mecanismos de participación ciudadana o considerar
al municipio provincial (y no solo al distrital) como participante quizás
podría contraarrestar esto. Tal como está escrito, parece que el objetivo
seguirá siendo extraer más rentas, con el "interés público" en
segundo plano.
3.
Como decía, el reglamento también incluye
aspectos progresistas. Hay un capítulo sobre movilidad urbana sostenible que
podría ser mejorado. También incluye el mecanismo de captura de plusvalía,
mediante el cual el estado recupera parte del valor generado por cambios de
zonificación o por inversiones públicas (aquí falta que se diga, de forma más
explícita, que la ZRE también puede generar captura de plusvalía). Otro
mecanismo progresista es la zonificación inclusiva, mediante la cual se premia
con mayores densidades o alturas a los constructores que dediquen parte de
proyectos inmobiliarios a vivienda de interés social. De nuevo, esta parte
podría ser más explícita en cuánto debe ser dedicado para recibir la
bonificación, y qué implica que la vivienda sea de interés social. Si no se
hace eso, puede tener el efecto contrario al esperado.
4.
El reglamento incluye un tercer aspecto, al
que me refería con la combinación entre neoliberalismo y progresismo. Crea un
mercado de derechos de edificación, al convertir a zonas que se quiere
preservar (por ser agrícolas o monumentales) como "generadoras" y a
zonas que se quiere permitir densificar como "receptoras." El
capítulo es algo confuso. Por ejemplo, no queda claro por qué convendría (salvo
al propietario) convertir una zona agrícola que ya está zonificada como
agrícola en "generadora." ¿Será que el reglamento se refiere solo a
zonas agrícolas o monumentales que ya tienen una zonificación que permite
cambiar su uso, y lo que se quiere es incentivar que no se haga eso? Incluso en
ese caso, no queda claro por qué sería mejor crear un mercado de derechos de
edificación que cambiar la zonificación para impedir construcciones.
FUENTE:
Lugares comunes
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