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jueves, 14 de enero de 2016

CONTROL DEL PETRÓLEO Tema 08



LEY 11780 (promulgada 12 marzo 1952)[131] fue firmada por el presidente Odría y C. Salazar Southwell[132]. También lo firman el presidente del Senado Héctor Boza Aizcorbe (CN A1918),  Claudio Fernández Concha Leguía (CN A1957),  Manuel B. Llosa Arguelles como senador secretario (CN A1941). Esta ley fue una de esas disposiciones que la oligarquía se daba así misma. Por esta ley se establecen privilegios para los “peruanos” entiéndase la oligarquía, pues otorga ventajas a las empresas que tengan mas del 60% de su capital  representado por acciones nominativas de propiedad de ciudadanos peruanos.

Una empresa que no figura en el vademécum 1958 es INVERSIONES PETROLERAS SA, cuya relación de directores y socios aparece en el Diario Oficial EL PERUANO de fecha JUEVES 12 DE 1956 (página 5). Su Junta Central de Accionistas estaba integrada por:

TABLA 9 INVERSIONES PETROLERAS SA ACCIONISTAS 1956
Horacio Chocano Rietta (CN A1949)[133]
Carlos Neuhaus Rizo Patrón (CN N806)
Alfonso Peschiera Carrillo (CN N640) anteriormente mencionado.
Mariano Ramos Dammert (CN A1953)[134]
Antenor Rizo Patrón Araoz(CN A1927)
Alfonso Rizo Patrón Remy (CN N727)
Jaime Rizo Patrón Remy (CN N805)
Eduardo Rizo Patrón Remy (CN A1953)
Carlos Rizo Patrón
J. A. Seymur
Sus directores eran:
TABLA 10 INVERSIONES PETROLERAS SA DIRECTORES 1956
Carlos Costa Elice (CN A1945)
Horacio Chocano Rietta
Alfonso Peschiera Carrillo
Jorge Remy Barúa[135]
Eduardo Rizo Patrón
Carlos Rizo Patrón


Una de las beneficiarias de esta ley fue la COMPAÑÍA PERUANA DE PETRÓLEO “EL ORIENTE” SA, la primera compañía petrolera que logró resultados positivos en la selva peruana, cuyos directores en 1954 fueron:

TABLA 11 COMPAÑÍA PERUANA DE PETRÓLEO “EL ORIENTE” DR 1954
WALDEMAR SCHRODER Y MENDOZA, (CN A1928)
Harold S. Lamotte Gildemeister (CN A1936)
Alfredo Ferreyros Gaffron (CN N440)
Carlos Rizo Patrón Araoz[136]
Henrique E. Gildemeister[137]
Henry S. Lamotte (CN A1940)
Ulrico Martini
Gustavo Berckemeyer Pazos (CN A1930)
Otros beneficiarios fueron los oligarcas involucrados en la Empresa Petrolera Peruana S.A., la cual ocupaba el segundo lugar entre las empresas petroleras nacionales. Sus directores fueron:


TABLA 12 Empresa Petrolera Peruana S.A.,1958
Harold S. Lamotte Gildemeister (CN A1936)
Carlos Rizo Patrón Araoz
Ernesto Álvaro Baertl Schütz[138]
Enrique Ayulo Pardo (CN A1915)
Felipe Beltrán Espantoso(CN A1920)[139]
Juan Félix Pardo Althaus (CN A1930)[140]
Felipe A. Thorndike(CN N775)[141]
Alfonso Peschiera Carrillo (CN N640)
Eduardo Olaechea Du Bois (CN N486)
Waldemar Schroder y Mendoza, (CN A1928)
Gustavo Aspíllaga Anderson (CN A1930)
Eduardo Rizo Patrón Remy (CN A1953)

Carlos Malpica nos refiere los sucesos oscuros de esta época: como hemos visto los oligarcas del Club Nacional emitieron una ley para que los “nacionales” es decir ellos, tengo el dominio de las empresas concesionarias de campos petrolíferos. Después de esta ley, el Ministerio de Energía se convierte en una maquina de emitir concesiones petrolíferas a los denunciantes del registro de minería, quienes eran consocios de los altos directivos burocráticos. Acto seguido los oligarcas de Petrolera Peruana, especuladores y rentistas por naturaleza transfieren sus recién adquiridos denuncios a las transnacionales (MALPICA: 1974, 246-250). [142]

Tuvieron tanto poder que podía negociar con las empresas extranjeras toda vez se puede apreciar en que sus zona bajo contrato de explotación y exploración al final han sido otorgadas a la expresada Compañía Peruana de Petróleo "El, Oriente"S. A., bajo un mismo título, conforme se expone en los motivos de la  RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114 publicado en EL PERUANO el SÁBADO 20 DE SETIEMBRE DE 1956, lográndose aplicar esta ley y en efecto se considera una sola unidad única económica gravable varias concesiones de la compañía Peruana de Petróleo el Oriente explotación que ha celebrado con dichas firmas extranjeras.

Obtuvieron gracias a la nueva legislación y sus contactos personales varias concesiones. El Ministro de fomento y Obras Públicas, un Miranda Sousa (no sabemos si se refiere a Eduardo Miranda Sousa, también presidente de la cámara de diputados y CN A1953).


El hecho es que este enigmático Miranda Sousa coloca a su encargado de la dirección de Petróleo, Fernando Noriega Calmet (CN A1952), como el representante de la cartera para otorgar distintas concesiones petrolíferas, sobre todo a INVERSIONES PETROLERAS SA (RESOLUCIÓN MINISTERIAL NUMERO DIEZ publicada en EL PERUANO. LIMA, LUNES 16 DE NOVIEMBRE DE 1953. Página 4)[143] En suma, un gran negocio teniendo en cuenta que estos oligarcas eran unos novatos en el reciente mercado del petróleo.


En la actualidad la casta oligárquica en simbiosis con las transnacionales sigue teniendo el control del mercado de combustibles. La Empresa que conserva una posición de dominio considerable es REFINERIA LA PAMPILLA S.A.A. - RELAPA S.A.A. La cuota de mercado de La Pampilla se ha situado más allá del 44%. Según la memoria de RELAPASA 2010[144], el Directorio se encuentra conformado por 10 directores titulares. 5 de los 10 miembros del Directorio están vinculados con el principal accionista de Refinería La Pampilla, la empresa Repsol YPF Perú B.V., sociedad que pertenece a la estructura societaria del Grupo Repsol YPF. En cambio es en la lista de los 5 “Directores Titulares independientes” que encontraremos a la oligarquía. Ellos son:


TABLA 13 RELAPASA 2010 DIRECTORIO
Federico Augusto Cúneo de la Piedra[145]
José Alejandro Graña Miró Quesada (CN N3449)[146]
Carlos Alberto Neuhaus Tudela[147]
Gonzalo Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea (CN N1861)[148]
Javier Edilberto Silva Ruete (CN A1997)[149]


RELAPASA tiene bajo su control la refinería más grande del Perú y actualmente ha obtenido una posición preponderante en el mercado al adquirir Repsol Comercial SAC sus acciones, Repsol es una empresa que tiene control de casi toda la cadena de refinamiento, producción, comercialización, transporte y distribución de los combustibles derivados de hidrocarburo en el Perú.[150]


Para ello el Fondo Nacional de Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) mando a elaborar dos estudios legales, pues ambas REPSOL y RELAPASA son empresas de la española Repsol-YPF en colaboración con los grupos oligárquicos peruanos. Al final ambos estudios coincidieron que no compete al Estado objetar dicha compra con la aplicación de la denominada acción dorada que mantiene en la privatizada refinería[151]. Estos estudios de abogados eran Luis Echecopar[152] y Benítez, De las Casas, Forno & Ugás[153]. Ambos estudios pertenecen a la oligarquía peruana y patrocinadores de oligarcas directamente implicados en RELAPASA.


Autor: IVÁN ORÉ CHÁVEZ

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