LEY 11780 (promulgada 12 marzo 1952)[131] fue firmada por el presidente
Odría y C. Salazar Southwell[132]. También lo firman el presidente del
Senado Héctor Boza Aizcorbe (CN A1918), Claudio Fernández Concha Leguía
(CN A1957), Manuel B. Llosa Arguelles como senador secretario (CN A1941).
Esta ley fue una de esas disposiciones que la oligarquía se daba así misma. Por
esta ley se establecen privilegios para los “peruanos” entiéndase la
oligarquía, pues otorga ventajas a las empresas que tengan mas del 60% de su
capital representado por acciones nominativas de propiedad de ciudadanos
peruanos.
Una empresa que no
figura en el vademécum 1958 es INVERSIONES PETROLERAS SA, cuya relación de
directores y socios aparece en el Diario Oficial EL PERUANO de fecha JUEVES 12
DE 1956 (página 5). Su Junta Central de Accionistas estaba integrada por:
TABLA 9 INVERSIONES PETROLERAS SA ACCIONISTAS 1956
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Horacio Chocano Rietta (CN A1949)[133]
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Carlos Neuhaus Rizo Patrón (CN N806)
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Alfonso Peschiera Carrillo (CN N640) anteriormente mencionado.
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Mariano Ramos Dammert (CN A1953)[134]
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Antenor Rizo Patrón Araoz(CN A1927)
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Alfonso Rizo Patrón Remy (CN N727)
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Jaime Rizo Patrón Remy (CN N805)
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Eduardo Rizo Patrón Remy (CN A1953)
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Carlos Rizo Patrón
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J. A. Seymur
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Sus directores
eran:
TABLA 10 INVERSIONES PETROLERAS SA DIRECTORES 1956
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Carlos Costa Elice (CN A1945)
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Horacio Chocano Rietta
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Alfonso Peschiera Carrillo
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Jorge Remy Barúa[135]
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Eduardo Rizo Patrón
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Carlos Rizo Patrón
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Una de las beneficiarias de esta ley
fue la COMPAÑÍA PERUANA DE PETRÓLEO “EL ORIENTE” SA, la primera compañía
petrolera que logró resultados positivos en la selva peruana, cuyos directores
en 1954 fueron:
TABLA 11 COMPAÑÍA PERUANA DE PETRÓLEO “EL ORIENTE” DR 1954
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WALDEMAR SCHRODER Y MENDOZA, (CN A1928)
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Harold S.
Lamotte Gildemeister (CN A1936)
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Alfredo Ferreyros Gaffron (CN N440)
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Carlos Rizo Patrón Araoz[136]
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Henrique E. Gildemeister[137]
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Henry S.
Lamotte (CN A1940)
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Ulrico
Martini
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Gustavo Berckemeyer Pazos (CN A1930)
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Otros beneficiarios
fueron los oligarcas involucrados en la Empresa Petrolera Peruana S.A., la cual
ocupaba el segundo lugar entre las empresas petroleras nacionales. Sus
directores fueron:
TABLA 12 Empresa Petrolera Peruana S.A.,1958
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Harold S.
Lamotte Gildemeister (CN A1936)
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Carlos Rizo Patrón Araoz
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Ernesto Álvaro Baertl Schütz[138]
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Enrique Ayulo Pardo (CN A1915)
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Felipe Beltrán Espantoso(CN A1920)[139]
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Juan Félix Pardo Althaus (CN A1930)[140]
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Felipe A.
Thorndike(CN N775)[141]
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Alfonso Peschiera Carrillo (CN N640)
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Eduardo Olaechea Du Bois (CN N486)
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Waldemar Schroder y Mendoza, (CN A1928)
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Gustavo Aspíllaga Anderson (CN A1930)
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Eduardo Rizo Patrón Remy (CN A1953)
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Carlos Malpica nos refiere los
sucesos oscuros de esta época: como hemos visto los oligarcas del Club Nacional
emitieron una ley para que los “nacionales” es decir ellos, tengo el dominio de
las empresas concesionarias de campos petrolíferos. Después de esta ley, el
Ministerio de Energía se convierte en una maquina de emitir concesiones
petrolíferas a los denunciantes del registro de minería, quienes eran consocios
de los altos directivos burocráticos. Acto seguido los oligarcas de Petrolera
Peruana, especuladores y rentistas por naturaleza transfieren sus recién
adquiridos denuncios a las transnacionales (MALPICA: 1974, 246-250). [142]
Tuvieron tanto poder que podía
negociar con las empresas extranjeras toda vez se puede apreciar en que sus
zona bajo contrato de explotación y exploración al final han sido
otorgadas a la expresada Compañía Peruana de Petróleo "El, Oriente"S.
A., bajo un mismo título, conforme se expone en los motivos de la
RESOLUCIÓN MINISTERIAL N° 114 publicado en EL PERUANO el SÁBADO 20 DE
SETIEMBRE DE 1956, lográndose aplicar esta ley y en efecto se considera una
sola unidad única económica gravable varias concesiones de la compañía Peruana
de Petróleo el Oriente explotación que ha celebrado con dichas firmas
extranjeras.
Obtuvieron gracias a la nueva
legislación y sus contactos personales varias concesiones. El Ministro de
fomento y Obras Públicas, un Miranda Sousa (no sabemos si se refiere a Eduardo
Miranda Sousa, también presidente de la cámara de diputados y CN A1953).
El hecho es que este enigmático
Miranda Sousa coloca a su encargado de la dirección de Petróleo, Fernando
Noriega Calmet (CN A1952), como el representante de la cartera para otorgar
distintas concesiones petrolíferas, sobre todo a INVERSIONES PETROLERAS SA
(RESOLUCIÓN MINISTERIAL NUMERO DIEZ publicada en EL PERUANO. LIMA, LUNES 16 DE
NOVIEMBRE DE 1953. Página 4)[143] En suma, un gran negocio teniendo
en cuenta que estos oligarcas eran unos novatos en el reciente mercado del
petróleo.
En la actualidad la casta oligárquica
en simbiosis con las transnacionales sigue teniendo el control del mercado de
combustibles. La Empresa que conserva una posición de dominio considerable es
REFINERIA LA PAMPILLA S.A.A. - RELAPA S.A.A. La cuota de mercado de La Pampilla
se ha situado más allá del 44%. Según la memoria de RELAPASA 2010[144], el Directorio se encuentra conformado
por 10 directores titulares. 5 de los 10 miembros del Directorio están
vinculados con el principal accionista de Refinería La Pampilla, la empresa
Repsol YPF Perú B.V., sociedad que pertenece a la estructura societaria del
Grupo Repsol YPF. En cambio es en la lista de los 5 “Directores Titulares independientes”
que encontraremos a la oligarquía. Ellos son:
TABLA 13 RELAPASA 2010 DIRECTORIO
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Federico Augusto Cúneo de la Piedra[145]
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José Alejandro Graña Miró Quesada (CN N3449)[146]
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Carlos Alberto Neuhaus Tudela[147]
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Gonzalo Manuel Ortiz de Zevallos Olaechea (CN N1861)[148]
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Javier Edilberto Silva Ruete (CN A1997)[149]
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RELAPASA tiene bajo su control la
refinería más grande del Perú y actualmente ha obtenido una posición
preponderante en el mercado al adquirir Repsol Comercial SAC sus acciones,
Repsol es una empresa que tiene control de casi toda la cadena de refinamiento,
producción, comercialización, transporte y distribución de los combustibles
derivados de hidrocarburo en el Perú.[150]
Para ello el Fondo Nacional de
Financiamiento de la Actividad Empresarial del Estado (Fonafe) mando a elaborar
dos estudios legales, pues ambas REPSOL y RELAPASA son empresas de la española
Repsol-YPF en colaboración con los grupos oligárquicos peruanos. Al final ambos
estudios coincidieron que no compete al Estado objetar dicha compra con la
aplicación de la denominada acción dorada que mantiene en la privatizada
refinería[151]. Estos estudios de abogados eran Luis
Echecopar[152] y Benítez, De las Casas, Forno
& Ugás[153]. Ambos estudios pertenecen a la
oligarquía peruana y patrocinadores de oligarcas directamente implicados en
RELAPASA.
Autor:
IVÁN ORÉ CHÁVEZ
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