En diálogo con Infobae Perú, un médico auditor, la
representante de ALAFARPE y el presidente de la Aspec analizaron todas las
iniciativas ingresadas en este gobierno. Luego, votaron por la que más
beneficiaría a la población y explicaron el porqué.
Con la no ampliación del decreto de urgencia N°007-2019, el
cual regía desde el 2019, y la polémica que desató en la población, el
Ministerio de Salud adelantó a Infobae Perú que elaboraría y publicaría un
nuevo DU mientras, a la par, el Ejecutivo propone un proyecto de ley sobre el
tema en el Congreso de la República. Aunque, hasta el momento, el gabinete de
Dina Boluarte no ha presentado ninguna iniciativa ante el Legislativo, ya se
encuentran 11 documentos ingresados por distintos parlamentarios.
En diálogo con este medio, el médico auditor, Anyilo Pino
Cárdenas; la Gerente de Asuntos Regulatorios de Asociación Nacional de
Laboratorios Farmacéuticos (ALAFARPE), Sairah O’campo, y el presidente de la
Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec), Crisólogo Cáceres,
analizaron cada una de las propuestas remitidas por representantes de la
nación, explicaron la importancia de que se establezca una normativa y opinaron
cuál de los proyectos ingresados debería recibir el respaldo en favor de la
población peruana.
Para Pino Cárdenas, es importante establecer un porcentaje,
ya que el no hacerlo recae en los usuarios del sistema de salud, que suman 26.5
millones de personas. “Muchos de ellos podrían ser afectados debido a su
limitada capacidad de pago, especialmente aquellos afiliados a la entidad de
salud pública. No poner un número podría impedirles acceder a los medicamentos
genéricos, una opción más asequible para tratar problemas de salud
específicos”, expresó.
Agregó que la falta de continuidad en la disponibilidad de
medicamentos genéricos en las farmacias no parece buscar un equilibrio en la
oferta para los usuarios, “quienes pierden la autonomía de elegir el
tratamiento más adecuado, lo que plantea preocupaciones éticas en términos de
políticas de salud pública”.
El representante de Aspec calificó de “vergonzoso y
deplorable que en el Perú tenga que haber una ley que te obliga a tener
medicamentos genéricos cuando se supone o se debería dar por sentado que las
farmacias sin obligación legal tendrían que darlos”. No obstante, mencionó que
la iniciativa que obtenga luz verde debe cumplir con la accesibilidad,
relacionada a que el medicamento esté disponible cuando un consumidor va a la
farmacia o a la botica, y que el precio sea pagable.
“Si no hay medicamentos y no existe la obligatoriedad de que
las farmacias los tengan, entonces no hay accesibilidad de medicamentos para
los consumidores”, declaró.
¿Cuáles son los proyectos de ley presentados?
Basta con ingresar a la plataforma de proyectos de ley del
Parlamento para percatarse que, al cierre de la nota, son 11 los autores de
propuestas que buscan reglamentar la accesibilidad y obligatoriedad de fármacos
a menor precio. Este es el resumen de cada uno de ellos:
1. Proyecto presentado por Elias Marcial, de Perú Libre, el
04 de abril del 2022
Médicos deben prescribir como primera opción y de manera
obligatoria medicamentos genéricos.
Químico-farmacéutico debe recomendar obligatoriamente
medicamentos genéricos y medicamentos innovadores o de marca, en el respectivo
orden de prioridad.
Digemid deberá actualizar periódicamente listado de
medicamentos genéricos recomendados por la Organización Mundial de la Salud
(OMS).
2. Proyecto presentado por Alejandro Soto, de Alianza para el
Progreso, el 11 de mayo del 2023
Mediante causa razonable, el químico farmacéutico puede
ofrecer alternativas de medicamentos genéricos definidos según su Denominación
Común Internacional.
30% del stock de medicamentos genéricos perteneciente de la
dispensación mensual en unidades para los de alta rotación, y 5% de aquellos de
baja rotación con su Denominación Común internacional.
Ministerio de Salud incluye medicamentos esenciales para el
tratamiento de las enfermedades de mayor prevalencia en la población, que aún
no han ingresado.
4. Proyecto presentado por Digna Calle, de Podemos Perú, el
11 de marzo de este año
Farmacias y boticas obligadas a ofrecer alternativas de
medicamentos genéricos o con Denominación Común Internacional (DCI) que sean
química y farmacológicamente equivalentes al prescrito en la receta y como
segunda opción medicamentos innovadores o de marca.
Ministerio de Salud debe actualizar listado de medicamentos
genéricos anualmente y porcentaje con el que deben contar las farmacias.
5. Proyecto presentado por Isabel Cortez de Cambio
Democrático-Juntos por el Perú, el 13 de marzo de este año
Establecimientos garanticen disponibilidad de medicamentos no
inferior al 30%.
Profesionales deben consignar obligatoriamente en las
prescripciones la denominación común internacional de los medicamentos e
informar sobre la posibilidad de elegir entre genéricos.
Ministerio de Salud debe actualizar listado al menos una vez
al año.
6. Proyecto presentado por Juan Carlos Mori, no agrupado, el
13 de marzo de este año
Farmacias y boticas obligadas a contar con una disponibilidad
y demostrar su venta de hasta 40 medicamentos esenciales genéricos en
Denominación Común Internacional.
Farmacias y boticas registradas en el Registro Nacional de la
Micro y Pequeña Empresa deben mantener disponibles para la dispensación un
mínimo el 80% de los medicamentos de alta rotación y 5% de los medicamentos de
baja rotación del listado.
7. Proyecto presentado por Alex Paredes, del Bloque
Magisterial, el 13 de marzo de este año
Farmacias y boticas, públicas o privadas, obligadas a
disponer de un stock suficiente (sin precisar porcentaje) de medicamentos
genéricos con Denominación Común Internacional que en ningún caso será menor a
su demanda promedio.
8. Proyecto presentado por Hilda Portero, no agrupado, el 13
de marzo de este año
Mantener un stock no menor de 40% de la dispensación diaria
del listado de los productos farmacéuticos genéricos aprobados por la Autoridad
Nacional de Salud.
La Dirección General de Medicamentos Insumos y Drogas
(DIGEMID) es la entidad responsable de acreditar la calidad de los medicamentos
genéricos.
Prohibición de establecer incentivos de cualquier tipo
dirigidos a sus químico-farmacéuticos o sus dependientes para inducir al
consumidor a adquirir determinadas marcas en desmedro de otras, bajo
responsabilidad.
9. Proyecto presentado por Juan Burgos, no agrupado, el 14 de
marzo de este año
Contar con un stock mensual de medicamentos genéricos para
enfermedades crónicas equivalente al 50% del total de medicamentos de
dispensación mensual.
Ofrecer, en primer lugar, medicamentos genéricos para
enfermedades crónicas relacionados con el diagnóstico y que contengan los
mismos principios activos, y, en segundo lugar, medicamentos de marca.
No ofrecer incentivos con el objeto que el usuario adquiera
productos de determinadas marcas en desmedro del uso y comercialización de
medicamentos genéricos.
10. Proyecto presentado por Edgard Reymundo, de la bancada de
Cambio Democrático-Juntos por el Perú, el 14 de marzo de este año
Médicos deben priorizar medicamentos genéricos y, como
segunda opción, medicamentos de marca conforme a su Denominación Común
Internacional (DCI).
Farmacias y boticas deben ofrecer, en primer lugar,
medicamentos genéricos y, a falta de estos, medicamentos innovadores o de
marca.
Farmacias y boticas deben mantener permanente un stock mínimo
del 40% de productos farmacéuticos genéricos, de la dispensación mensual de los
medicamentos esenciales priorizados por la Autoridad Nacional de Salud.
11. Proyecto presentado por Margot Palacios, de Perú Libre,
el 14 de marzo de este año
Médicos deben priorizar medicamentos de Denominación Común
Internacional (DCI).
Farmacias y boticas deben ofrecer, en primer lugar,
medicamentos genéricos y, opcionalmente, medicamentos innovadores o de marca.
Farmacias y boticas deben mantener permanente un stock mínimo
del 50% de productos farmacéuticos genéricos.
12. Proyecto presentado por Segundo Quiroz, del Bloque
Magisterial, el 14 de marzo de este año
Farmacia y boticas, públicos y privadas, están obligadas a
mantener reservas permanentes de productos farmacéuticos genéricos y esenciales
contenidos en el listado que aprueba el Ministerio de Salud.
Químico farmacéutico responsable del establecimiento de
dispensación debe, obligatoria y prioritariamente, ofrecer al usuario
medicamentos genéricos.
¿Cuál es el mejor proyecto de ley sobre medicamentos
genéricos?
Para Pino Cárdenas, quien también es coordinador del área de
salud de la EPG Continental, la tercera opción es la que debería priorizarse,
ya que “retornaría el equilibrio al dar un 30% en la dispensación general de
medicamentos estaría ofertándose casi a la par la medicación genérica y la de
marca”. Además, resaltó la precisión del 5% de medicamentos para enfermedades
de alta prevalencia.
“El Gobierno debe eliminar barreras a la salud. Es decir, promover
que haya más infraestructura. Por ejemplo, más establecimiento de salud de
primer nivel de atención o incluso la telemedicina, sobre todo en nuestro país,
que tiene tantos problemas de acceso geográfico. A ello se le suma la
prescripción. Si hay medicamentos solo de marca, también estamos impidiendo de
que todas las personas en general, dependiendo de sus recursos económicos,
puedan acceder a los medicamentos y mejorar su condición de salud”, explicó.
Para O’campo el único proyecto que menciona el proceso de
intercambiabilidad es el octavo. No obstante, señala que podría modificarse
hacia que la DIGEMID incorpore más moléculas a las que se les exige.
“Especialmente considerando a las de más alto riesgo sanitario. De los 434
medicamentos genéricos incluidos en el Listado del MINSA que deben tener las
farmacias y boticas, solo 18 cuentan con algún medicamento intercambiable
aprobado y solo a 16 se les exige presentar estudios de intercambiabilidad”,
mencionó.
“Por otro lado, se podría proponer la publicidad mandatoria
de Intercambiable o de Bioequivalente como existe en Chile, lo cual permite al
ciudadano distinguir con mayor facilidad los medicamentos que han demostrado su
calidad, seguridad y eficacia ante la autoridad nacional”, agregó.
En tanto, el representante de Aspec consideró como más
oportuna la novena presentada, correspondiente al parlamentario Juan Burgos, al
estar “más aterrizada en los stocks” que deben tener las farmacias y boticas.
“De frente van al tema de fondo, que tiene que haber
medicamentos genéricos. Si garantizas que hayan medicamentos genéricos,
entonces garantizamos a la par el concepto de accesibilidad. Además, menciona
el tema de las enfermedades crónicas. O sea, acá ya el consumidor está dentro
de la botica. No tiene una receta, no sabe qué comprar, pero al preguntarle al
químico farmacéutico, deberá recetarle, en primer lugar, el medicamento
genérico. Otro tema importante es que se refiere a los incentivos, los cuales
suelen darse para colocar o recomendar productos. A mí me parece que este
proyecto el que está más centrado en el tema”, insistió.
Sobre el porcentaje, mencionó que prefiere que ascienda al
50%, ya que representa “un justo medio entre los intereses de ambas partes”. “O
sea, yo entiendo que los laboratorios también tienen derecho a vender sus
medicamentos de marca, pero también los pacientes tenemos derecho a acceder a
medicamentos”, agregó.
¿Qué otras medidas deben considerarse?
El representante de Aspec indicó que, con la notmativa,
también debe enfocarse en cómo tener una amplia capacidad de fiscalización por
parte del Ministerio de Salud. “Yo recuerdo que cuando era ministro Osca
Ugarte, hace muchos años, hicimos operativos de fiscalización con Aspec para
verificar la existencia de medicamentos genéricos en las boticas, porque
ninguna ley sirve si es que no hay capacidad del estado de fiscalización para
que se cumpla”, sostuvo.
También mencionó en la necesidad de ejecutar otras medias
orientadas al tema como el proyecto ‘Bata Blanca’. “Hace años, con el colegio
Químico Farmacéutico. Hicimos una campaña a fin de que cuando entras a una
boticaa o farmacia, en la que encuentras a todos vestidos igual, no sabes quién
es el autorizado en recomendarte medicación”, explicó Crisólogo.
“¿Cuál de ellos es el químico farmacéutico? ¿Y cuál es
simplemente un dependiente de la tienda? No lo sabes, porque todos están
vestidos igual. Entonces, lo que nosotros planteábamos era que únicamente el
químico farmacéutico se colocara la bata blanca y las demás personas batas de
otros colores, para que el consumidor fácilmente sepa a quién preguntarle”,
acotó.
Decreto de urgencia sin listado de medicamentos genéricos
Cabe mencionar que, si bien el Minsa cumplió con la
publicación de un nuevo decreto de urgencia, el cual establece la obligatoriedad
de un stock mínimo del 30 % de medicamentos genéricos, no se incluyó el listado
de los fármacos en la edición extraordinaria del diario oficial El Peruano del
sábado 16 de marzo.
“Mediante Resolución Ministerial del Sector Salud, en un
plazo máximo de 10 días hábiles de publicada la presente norma en el diario
oficial El Peruano, se aprueba el listado de medicamentos esenciales genéricos
en Denominación Común Internacional necesarios para atender las enfermedades
que se originen, se transmitan o repercutan en la capacidad de respuesta del
paciente, en el contexto extraordinario e imprevisible que sustenta la presente
medida; así como los criterios y las demás disposiciones procedimentales”,
menciona el documento.
No obstante, dado que el DU rige desde el día siguiente, las
sanciones de hasta 2 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), es decir, más de
S/ 10 mil, podrían ejecutarse de igual manera al no cumplirse con el decreto.
“El incumplimiento de lo dispuesto en el artículo 2 del
presente Decreto de Urgencia por parte de las farmacias, boticas y farmacias de
los establecimientos de salud, del sector privado, constituye infracción
administrativa, sancionada con multa de hasta dos (2) Unidades Impositivas
Tributarias (UIT)”, se lee.
Para Cáceres, el hecho representa un “verdadero atentado al
derecho a la salud de los consumidores”, ya que pone en riesgo la salud y la
vida de muchas personas que, al no encontrar los medicamentos, no tienen cómo
controlar enfermedades y pueden tener consecuencias. “¿Quién se
responsabilizaba de eso? Me parece inaceptable lo que ha pasado con el
Ministerio de Salud, el decreto de urgencia está incompleto”, sostuvo.
En respuesta al argumento del ministro César Vásquez, quien
consideró pertinente que, además de establecer un porcentaje, este se vincule a
la realidad de cada ciudad, indicó que ello es “meterse en aguas pantanosas”.
“O sea, si vas a hacer una lista en base a cada zona, primero
harías una lista en base a 24 departamentos. Luego, en cada uno de esos 24
departamentos tendrías que ver cuál es la cuestión vinculada a cada una de las
provincias del departamento. Y ahí ya tendrías muchas más docenas. No, eso es
una alucinación. Hay enfermedades comunes, como la hipertensión, como la
diabetes, como males coronarios, etcétera, etcétera, etcétera. No hay nada que
decir. Eso ya está demostrado, salir con este cuento de que hay que ver las
peculiaridades de cada provincia, pues es sencillamente una manera de dilatar
más las cosas”, sentenció.
¿Por qué no se amplió el decreto de medicamentos genéricos?
Como se recuerda, el titular del Minsa mencionó en entrevista
con este medio y ante la Comisión de Defensa del Congreso que se optó por no
ampliar el anterior decreto, ya que no existía la obligatoriedad de un
porcentaje, por lo que no tenía un impacto real en la población.
“A veces nos rasgamos las vestiduras y hablamos de un tema
que no conocemos y pensamos que esa ley o ese decreto ha salvado a muchísima
gente, pero mentira. Ese decreto no ha tenido un impacto significativo porque
simplemente no ha puesto un porcentaje”, declaró.
Consideró que la iniciativa presentada afectada, sobre todo,
a las boticas chicas, impactando su utilidad: “El decreto de urgencia que hoy
todos defienden no ha servido de nada, por eso es que cuando la gente va a las
farmacias no encuentra porque no se ha puesto un mínimo en la exigencia, pero
estamos para mejorar las cosas y esa es la idea de esta gestión”.
En esa línea, insistió en que su cartera no está en contra de
la venta de medicamentos genéricos, sino que lo que se busca es actualizar la
lista y otros detalles como porcentajes, sanciones, y demás, a fin de
beneficiar a todos los involucrados: “Desde los clientes, que en este caso
serían las personas que requieren de estos medicamentos, hasta los dueños de
los establecimientos pequeños”.
En recientes declaraciones, mencionó que el listado de 34
medicamentos del anterior decreto de urgencia se ampliará. Asimismo, que las
sanciones se aplicarán únicamente a los medicamentos que ya forman parte del
inventario de la botica en su stock diario.
“Por ejemplo, si una botica en un distrito del interior del
país ofrece 70 medicamentos diferentes y 50 de ellos están considerados en la
lista que publicará el Ministerio de Salud, el requisito del 30% de stock de
genéricos se aplica solo a esos 50 medicamentos específicos. De esta manera, no
se exige a las boticas que expandan su inventario para incluir un 30% de todos
los medicamentos en la lista completa, sino solo garantizar que una proporción
adecuada de los medicamentos que ya ofrecen esté disponible en su forma
genérica”, mencionó a El Comercio.
¿Cuáles son los medicamentos genéricos que serán parte del
listado del Minsa?
Dado que se confirmó que los fármacos del anterior listado
continuarán, los medicamentos genéricos que también serán parte del nuevo
decreto de urgencia son los siguientes:
1.
Amitriptilina
clorhidrato
2.
Amlodipino
(como besilato)
3.
Amoxicilina
4.
Amoxicilina+ácido
clavulánico (como sal potásica)
5.
Atorvastatina
(como sal cálcica)
6.
Azitromicina
7.
Beclometasona
dipropionato
8.
Captopril
9.
Carbamazepina
10.Cefalexina
11.Clindamicina (como clorhidrato)
12.Clonazepam
13.Clorfenamina maleato
14.Clotrimazol
15.Enalapril maleato
16.Fenitoína sódica
17.Fluconazol
18.Fluoxetina (como clorhidrato)
19.Glibenclamida
20.Ibuprofeno
21.Loratadina
22.Losartán potásico
23.Metformina clorhidrato
24.Naproxeno (como base o sal sódica)
25.Omeprazol
26.Paracetamol
27.Prednisona
28.Ranitidina (como clorhidrato)
29.Salbutamol (como sulfato)
30.Sertralina (como clorhidrato)
31.Tamsulosina clorhidrato
32.Dexametasona fosfato (como sal sódica)
33.Epinefrina (como clorhidrato o tartrato)
34.Metilprednisolona (como succinate sódico)
Por Camila Calderón el día 11 Abril, 2024, a horas: 10:46 a.m. PE
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