Mercancias humanas
Por memoria colectiva Hace 3 meses.
Por: Carla Toche Casalino
Hoy, en la edición del periódico La República, salió una pequeña nota sobre el
grave estado de inseguridad en la que se encuentran las víctimas de la trata de
personas. Dado que este crimen afecta, sobre todo, a las poblaciones más
vulnerables de nuestra sociedad, como lo son las que viven en pobreza, las
mujeres, los niños, las niñas y adolescentes, es que considero importante
comprender colectivamente que la trata de personas es una situación que pone en
peligro la construcción de una sociedad justa y saludable dado que afecta
directamente al ejercicio de derechos humanos[1]
y, por ende, a la integridad y vida de la persona. Según la información
proporcionada por Capital Humano Social Alternativo (CHS)[2],
organismo no gubernamental fundado en el año 2001 cuyo enfoque es el de la
promoción de derechos humanos para especializarse en la temática de la trata de
personas, se definen este crimen como “ la captación, el transporte, el
traslado, la acogida o la recepción de personas recurriendo a la amenaza o al
uso de la fuerza u otras maneras de coacción que se da mediante el rapto,
fraude, engaño, abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad (…) esta explotación
incluirá como mínimo , la prostitución ajena y otras formas de explotación
sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas
análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.” Al ser un
problema actual, los agentes de captación son de diversos tipos según los
mecanismos y tecnología que estén a disposición. Así, los agresores generan,
por ejemplo, vínculos hacia sus víctimas a través de ofertas de trabajo, que
terminan siendo falsas, o a través de páginas web haciendo uso de perfiles
falsos en las redes sociales. El fin de emplear mecanismos de aproximación es
el de generar confianza y poder, por ejemplo, establecer lazos emocionales para
luego ofrecer mejores oportunidades en otros países y para, finalmente, retener
a la víctima o, por otro lado, tener el poder de apadrinar a la víctima cuando
esta es menor de edad y sea entregado a un conocido o familiar lejano para que
el/la menor tenga acceso a una “mejor calidad de vida”.
Desde hace ocho años, existen más
de 1900 víctimas en el Perú[3],
desde donde se estima que 763 de las víctimas son niños y adolescentes. Sin
embargo, la cifra que se maneja oficialmente es la de 630 casos denunciados
dentro del país, donde solo 21 casos (3%) fueron atendidos, logrando obtener
pena privativa para la persona que cometió dicho crimen. Estos casos se
registran, en su mayoría, en las zonas más vulnerables de las grades ciudades
como Lima, Cuzco, Puno, Arequipa y algunas zonas de la amazonia peruana.
Frente a esta problemática de
alcance mundial y que, además, es un grave crimen dentro del Perú, ya que pone
en riesgo la vida, dignidad y libertad de las poblaciones más vulnerables,
pienso que el trabajo a nivel normativo, promovido por el Estado, no es
suficiente para lograr un impacto real y permanente dentro del colectivo.
Nosotros como sociedad debemos mantenernos informados, alertas y con las
herramientas disponibles para que estos crímenes dejen de cobrar la abrumadora
cantidad de víctimas silenciosas que rondan día a día junto a nosotros sin
poder hacer mucho más que esperar a que, en algún momento, la justicia los
ayude.
[1]
Según la ley no. 28950 (ley contra la trata de personas y tráfico ilícito de
migrantes) dicho crimen afecta contra la libertad de la persona. Además, en la Constitución
(cap. I, artículos 1,2, 24 y en el capítulo II art 7, art 10 desde donde se
defienden los derechos fundamentales del ser humano) se estipula el deber ser
de una nación promoviendo el marco de acción para garantizar una serie de
acciones que promueven la calidad de vida dentro de un Estado de Derecho.
[2] http://www.chsalternativo.org/contenido.php?men=L&pad=32&hij=37&shi=65&pla=2&sal=2&id=E
[3]
según el sistema RETA (Registro y Estadística de la Trata de Personas)
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