1. De
acuerdo con lo establecido en los reglamentos emitidos por los organismos
electorales[1], para
la elección interna de las(os) candidatas(os) de las organizaciones políticas (OP)
a las Elecciones Regionales y Municipales (ERM) 2022, la convocatoria debe ser efectuada
por el órgano facultado de acuerdo con su normativa interna dentro del período
que determine al cronograma aprobado por el Jurado Nacional de Elecciones (JNE),
esto es, entre el 15 al 22 de enero de 2022.
2. Al
respecto, la convocatoria a elecciones debe contener[2]:
a. Título
de la convocatoria.
b. Órgano
de la OP que convoca a elecciones.
c. Base
legal, estatutaria o reglamentaria.
d. Objeto
de la convocatoria.
e. (Pre)candidaturas
a elegir.
f. Modalidad
de elección.
g. Forma
de presentación de las (pre)candidaturas.
h. Forma
de votación por las (pre)candidaturas.
i. Cronograma
electoral.
3. Propuesta
de contenido de la convocatoria según modalidad
CONTENIDO DE UNA CONVOCATORIA A
ELECCIONES INTERNAS CON
PARTICIPACIÓN DIRECTA DE AFILIADOS |
||
|
Tema
|
Contenido |
1 |
Título de la convocatoria |
Convocatoria a la elección interna de precandidatos
a las Elecciones Regionales y Municipales 2022. |
2 |
Órgano de la OP que convoca a
elecciones |
§
Órgano
Electoral Central (o la respectiva denominación) de la organización política,
u §
Órgano
facultado de acuerdo con su normativa interna (p. e. Comité Ejecutivo
Nacional o Regional) |
3 |
Base legal, estatutaria o reglamentaria |
§
Citar
la Novena Disposición Transitoria incorporada a la Ley N° 28094, Ley de
Organizaciones Políticas, mediante Ley N° 31357. §
Citar
el(los) artículo(s) que regulan la convocatoria en el Estatuto y/o en el
Reglamento Electoral. §
Citar
el acuerdo del órgano máximo según Estatuto y/o Reglamento Electoral (p. e.
Asamblea Nacional o Regional), de corresponder. |
4 |
Objeto de la convocatoria |
Convoca al proceso de elecciones
internas de precandidatos a las Elecciones Regionales y Municipales 2022. |
5 |
Precandidaturas a elegir |
Serán objeto de elección interna los precandidatos
a: §
Gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales
§
Alcaldes y regidores provinciales §
Alcaldes y regidores distritales |
6 |
Modalidad de elección |
Elecciones
con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los afiliados. |
7 |
Forma de presentación de las precandidaturas |
Las precandidaturas
se presentan en listas cerradas y bloqueadas, de titulares y accesitarios,
atendiendo las disposiciones sobre paridad y alternancia de género, y cuotas
de jóvenes y representantes de comunidades nativas, según lo regulado por el JNE. |
8 |
Forma de votación por las precandidaturas |
§
Las
precandidaturas serán sometidas a elección en distrito electoral múltiple. §
Teniendo
en cuenta la distribución de afiliados a nivel nacional y el número de listas
presentadas, la OP en coordinación con la ONPE, podrá agrupar los distritos
electorales. |
9 |
Cronograma electoral |
Las
elecciones internas se llevarán a cabo de acuerdo con el cronograma electoral
aprobado por el JNE[3]. ·
Convocatoria
a elecciones: la cual se debe efectuar del 15 al 22 de enero de 2022. La
convocatoria a elecciones debe ser informada a la ONPE dentro de los tres
días calendario siguiente a su realización. ·
Fecha
límite para que el JNE apruebe el padrón de afiliados es el 25 de marzo de 2022. ·
Fecha
límite para presentar listas de precandidatos ante el JNE es el 9 de abril de
2022. ·
Fecha
límite para la que se presente ante la ONPE la relación de miembros de mesa es
el 18 de abril de 2022. ·
Elecciones
de precandidatos el 15 de mayo de 2022. La jornada
electoral se desarrollará en los locales que determine la ONPE ·
Publicación
de resultados el 7 de junio de 2022. |
La OP difundirá
en su página web y/o local central, las direcciones y horarios de atención para
la recepción de las precandidaturas a las ERM 2022, observaciones, tachas y
subsanaciones.
CONTENIDO DE UNA CONVOCATORIA A
ELECCIONES INTERNAS CON
PARTICIPACIÓN DE DELEGADOS |
||
|
Tema
|
Contenido |
1 |
Título de la convocatoria |
Convocatoria a la elección interna de delegados
y precandidatos a las Elecciones Regionales y Municipales 2022. |
2 |
Órgano de la OP que convoca a
elecciones |
§
Órgano
Electoral Central (o la respectiva denominación) de la organización política,
u §
Órgano
facultado de acuerdo con su normativa interna (p. e. Comité Ejecutivo Nacional
o Regional) |
3 |
Base legal, estatutaria o reglamentaria |
§
Citar
la Novena Disposición Transitoria incorporada a la Ley N° 28094, Ley de
Organizaciones Políticas, mediante Ley N° 31357. §
Citar
el(los) artículo(s) que regulan la convocatoria en el Estatuto y/o en el
Reglamento Electoral. §
Citar
el acuerdo del órgano máximo según Estatuto y/o Reglamento Electoral (p. e.
Asamblea Nacional o Regional), de corresponder. |
4 |
Objeto de la convocatoria |
Convoca al proceso de elecciones
internas de delegados y precandidatos a las Elecciones Regionales y
Municipales 2022. |
Precisiones para la elección de
delegados |
||
5 |
Candidaturas a elegir |
Serán objeto de elección interna los delegados
en las siguientes circunscripciones (precisar número de delegados a nivel
nacional o por región). |
6 |
Modalidad de elección |
Elecciones
con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los
afiliados. |
7 |
Forma de presentación de candidaturas |
§
Las
candidaturas se presentan en listas cerradas y bloqueadas (precisar donde se
elija más de uno), y/o §
Las
candidaturas se presentan de forma nominal (individual) |
8 |
Forma de votación por las candidaturas |
§
Las
candidaturas serán sometidas a elección en distrito electoral único, o §
Las
candidaturas serán sometidas a elección en distrito electoral múltiple. |
Precisiones para la elección de precandidatos
a las ERM 2022 |
||
9 |
Precandidaturas a elegir |
Serán objeto de elección interna los precandidatos
a: §
Gobernadores, vicegobernadores y consejeros regionales
§
Alcaldes y regidores provinciales §
Alcaldes y regidores distritales |
10 |
Modalidad de elección |
Elecciones
con voto universal, libre, voluntario, igual, directo y secreto de los delegados. |
11 |
Forma de presentación de precandidaturas |
Las precandidaturas
se presentan en listas cerradas y bloqueadas, de titulares y accesitarios,
atendiendo las disposiciones sobre paridad y alternancia de género, y cuotas
de jóvenes y representantes de comunidades nativas, según lo regulado por el
JNE. |
12 |
Forma de votación por las precandidaturas |
§
Las
precandidaturas serán sometidas a elección en distrito electoral múltiple. Es
decir, los delegados de una región votarán por los precandidatos a todo nivel
presentados a esa región, o §
Las
precandidaturas serán sometidas a elección en distrito electoral único (los precandidatos
a las ERM 2022 serán sometidos a elección por todos los delegados, sea que
voten en un solo lugar o en las regiones en las cuales fueron electos). |
Precisiones para el cronograma
electoral |
||
13 |
Cronograma electoral |
Las
elecciones internas se llevarán a cabo de acuerdo con el cronograma electoral
aprobado por el JNE[4]. ·
Convocatoria
a elecciones: la cual se debe efectuar del 15 al 22 de enero de 2022. ·
La
convocatoria a elecciones debe ser informada a la ONPE dentro de los tres
días calendario siguiente a su realización. ·
Fecha
límite para que el JNE apruebe el padrón de afiliados es el 25 de marzo de
2022. ·
Fecha
límite para la presentación de los candidatos a delegados ante la ONPE es el
26 de marzo de 2022. ·
Fecha
límite para presentar listas de precandidatos ante el JNE es el 9 de abril de
2022. ·
Fecha
límite para la que se presente ante la ONPE la relación de miembros de mesa
es el 18 de abril de 2022. ·
Elecciones
de precandidatos el 15 de mayo de 2022. La
jornada electoral se desarrollará en los locales que determine la ONPE ·
Publicación
de resultados el 7 de junio de 2022. |
La OP difundirá en su
página web y/o local central, las direcciones y horarios de atención para la
recepción de candidaturas a delegados y precandidaturas a las ERM 2022,
observaciones, tachas y subsanaciones.
[1] Reglamento de los
organismos electorales:
RESOLUCIÓN
JEFATURAL N° 001639-2021-JN/ONPE
Artículo 10.- Oportunidad de las Elecciones
Internas
(…)
10.2. La convocatoria a Elecciones Internas por
parte de las organizaciones políticas deberá ser efectuada por el órgano
facultado de acuerdo con su normativa interna, dentro del periodo que determine
al cronograma electoral aprobado por el JNE.
10.3. La convocatoria a Elecciones Internas
debe expresar de forma clara e indubitable la modalidad de elección a la que se
sujetarán las organizaciones políticas.
10.4. El documento donde conste la convocatoria
a Elecciones Internas será informado por el presidente del OEC de la
organización política en la forma que establezca la ONPE, y en un plazo no
mayor de tres (3) días calendario posterior a la fecha de la convocatoria.
RESOLUCION N° 0927-2021-JNE
Artículo 9.- Convocatoria
Cada una de las organizaciones políticas
convoca a elecciones internas dentro del periodo establecido en el cronograma
de elecciones internas aprobado por el JNE. La organización política debe dar
la respectiva publicidad a la convocatoria.
RESOLUCION N° 0928-2021-JNE
Artículo 16.- De la convocatoria
La convocatoria a elecciones internas por parte
de los movimientos regionales deberá ser efectuada por el OEC, dentro del
periodo determinado por el cronograma de elecciones internas aprobado por el
JNE. Deberá ser comunicada a los OED y difundida en la página web del
movimiento regional y por cualquier otro medio que garantice su máxima difusión
entre sus afiliados.
[2] Se tiene como referencia
el Artículo 83 de la Ley 26859, Ley Orgánica de Elecciones, y el “Manual para
organizar elecciones internas en los partidos políticos y movimientos”, ONPE,
primera edición 2018 (pp.18).
[3] El cronograma electoral
para las Elecciones Internas ha sido aprobado por el Jurado Nacional de
Elecciones mediante Resolución N° 0923-2021-JNE, publicado en el diario oficial
El Peruano el 26 de noviembre de 2021.
[4] El cronograma electoral
para las Elecciones Internas ha sido aprobado por el Jurado Nacional de
Elecciones mediante Resolución N° 0923-2021-JNE, publicado en el diario oficial
El Peruano el 26 de noviembre de 2021.
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