Especialista del JNE explica que se
trata de una falta insubsanable
ADVIERTEN QUE INCUMPLIMIENTO DE CUOTA
DE GÉNERO CAUSA RECHAZO DE LISTAS
Recomienda que organizaciones
políticas también cumplan con requisitos de elecciones internas, hojas de vida
y planes de gobierno
Las listas de candidatos que las
agrupaciones políticas presenten ante los Jurados Electorales Especiales (JEE),
quedarán fuera del proceso electoral sino cumplen con la ley de cuotas de
género, de jóvenes y nativas, advirtió el especialista del Jurado Nacional de
Elecciones (JNE), Hernán Espino Cortés.
Precisó que las listas de candidatos
deben considerar obligatoriamente el 30 por ciento como mínimo de mujeres o
varones, conforme al artículo 12 de Ley de Elecciones Regionales (Ley 27683) y
al inciso c) del artículo 10 de la Ley de Elecciones Municipales (Ley 26864).
En el programa “Guía Electoral” del
Canal JNETV, Espino Cortés dijo que las nóminas también deben contener, como
mínimo, el 20 por ciento de jóvenes entre los 19 y 29 años de edad. Asimismo,
en cuanto a la cuota indígena, el 15 por ciento de representantes de las
comunidades campesinas o nativas deben aparecer en la relación de candidatos a
los consejos regionales.
Señaló que, de acuerdo con las
resoluciones N° 0082-2018-JNE y N°0083-2018-JNE, el JEE correspondiente
declarará la improcedencia de una fórmula o lista regional o municipal, de
manera insubsanable, si esta no ha cumplido con estos requisitos de cuotas,
quedando definitivamente sin inscripción.
Espino Cortés indicó que las fuerzas políticas tienen a su disposición
el sistema informático “Declara”, creado por el JNE, el cual les permite
realizar simulaciones sobre las distintas cuotas a fin de que las listas de
candidatos sean presentadas correctamente hasta el próximo 19 de junio.
Durante su presentación en “Guía
Electoral”, que se emite todos los martes de 10:30 a 11:00 horas, el
especialista expresó que la ley de cuotas forma parte de las cuatro “reglas de
oro” que las agrupaciones políticas deben cumplir para participar en un proceso electoral sin
inconvenientes.
Otra regla, anotó, se refiere a las
elecciones internas que deben desarrollar las organizaciones políticas,
considerando en su lista la presencia del 75 por ciento de afiliados.
La tercera regla se trata del
correcto llenado de las respectivas declaraciones juradas de hoja de vida de
cada uno de los postulantes, mientras que la última establece que las listas regionales,
provinciales y distritales deben contemplar sus planes de gobierno.
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